Junto con todo lo anterior, en el artículo 5.7 del Reglamento General de Conductores también se permite que las personas que tengan el carnet B (el de coche) en vigor y más de tres años de experiencia puedan conducir motos de la clase A1. En cuanto al precio del certificado https://moodjhomedia.com/story2713874/rumored-buzz-on-examen-de-licencia-de-conducir-de-espa%C3%B1a