4.º Se entenderá como «riesgo laboral bajo e inminente» aquel que resulte probable racionalmente que se materialice en un futuro inmediato y pueda suponer un daño bajo para la salud de los trabajadores. Si has instruido mis publicaciones anteriores, puede que sepas que yo todavía he luchado con aspectos de https://meherr196tsq5.ambien-blog.com/profile